2/4/12

La verdad es que los pesados de los “derechos de autor” me tocan las narices cada vez más, por decirlo así de sencillo y de claro

"La verdad es que los pesados de los “derechos de autor” me tocan las narices cada vez más, por decirlo así de sencillo y de claro. No se que me molesta más: si su farisea moralina o su falta de conocimientos de economía. (...)

Empecemos por el principio: ¿es violar la propiedad intelectual robar como roba un pirata? No. Esto es muy obvio una vez que se piensa un poco. Los economistas solemos distinguir entre los bienes rivales y los bienes no rivales.

 La diferencia se fundamenta en si el uso del bien por un agente económico impide a otro agente usarlo al mismo tiempo: si la respuesta es que sí, es un bien rival, si la respuesta es no, no lo es. Pensemos en una camisa: si yo me pongo una camisa, a la misma vez usted, querido lector, no se la puede poner (al menos que queramos hacer una escena de película de los hermanos Marx).

 En comparación, si yo estoy utilizando el teorema fundamental del cálculo, no impido a nadie que también lo use. Los 7000 millones de seres humanos podemos estar empleándolo a la misma vez y no pasa nada.

 Por ello, cuando yo le quito una camisa a mi vecino, le impido que la pueda seguir empleando. Cuando yo le copio a mi vecino su libro de macroeconomía, no impido que él lo pueda seguir usando. Por tanto, el bien bajo propiedad intelectual no me lo estoy apropiando.

Lo que sí que puedo estar causando es un perjuicio económico. Si el dueño del libro es su autor y yo lo copio, él sigue siendo el propietario del libro pero, por ejemplo, no me lo puede vender. Este daño no es un robo, es, como su propio nombre indica, un posible ingreso que se ha perdido. (...)

Me dirá usted, entonces, que en realidad no hay tanta diferencia: que un robo supone la pérdida de un bien y la copia de un libro supone un lucro cesante. Sí y no. Sí, porque han ambos casos el agente sufre una pérdida. No, porque en el segundo caso lo que realiza es una perdida de potenciales ingresos futuros que nuestro sistema jurídico respeta en muchos casos.

 La mejor prueba de ello es la limitación temporal en los derechos de propiedad: la camisa es mía y lo será siempre. Si tengo descendientes, se la podrán ir pasando el uno al otro hasta el final de los tiempos cuando se caiga a cachos. En cambio, el derecho de propiedad intelectual expirará en un momento u otro.

Es decir: que el derecho ya reconoce de manera bastante clara que estamos hablando de cosas muy distintas.

Pero pongamos otro ejemplo para ir más allá. Imaginémonos que yo, en vez de copiar el libro de macroeconomía de mi vecino, escribo uno mejor y le robo el mercado. El daño se lo causo igual: le quito los ingresos futuros. Esto es perfectamente legal. Sin embargo, si yo creo una nueva camisa, no impido a mi vecino que siga disfrutando de su camisa original sin problema.

La única conclusión lógica a la que se puede llegar, por tanto, es que el copiar una obra intelectual es un acto que no limita el disfrute de la cosa por su propietario pero que causa un daño económico en una tercera persona y que el derecho ha decidido limitar en ciertos casos. Robo, no es robo de nada. Daño al autor: sí, si efectivamente se pierde el flujo de ingresos.

¿Por qué protege el derecho la propiedad intelectual? Porque es necesario dar incentivos ex ante a los creadores de obras intelectuales. Estas se caracterizan por generar, casi en su totalidad, solo costes fijos, mientras que los costes marginales son casi cero. Pensemos en una película: el coste de la misma es filmarla (coste fijo), el coste de vender un DVD más de la misma es casi trivial.

 Si estuviésemos en un sistema donde copiar DVDs fuera gratuito, el precio de los mismos convergería rápidamente a su coste marginal (cero) y por ello, en principio (las cosas en realidad son más sutiles, por eso digo en principio) el creador nunca podría recuperar sus costes fijos, con lo cual no habría creación intelectual.

El remedio que tenemos en occidente es dar un “monopolio” temporal al creador de la obra (o el que tenga el derecho en ese momento) por el cual si alguien vende DVDs de la misma película, se le aparecerá la Guardia Civil a hacerle cambiar de opinión. El monopolista entonces impondrá un precio superior al coste marginal, lo que genera una distorsión ex post.

Es decir: que el otorgar derechos de propiedad intelectual es únicamente un sistema de incentivos y por tanto carece de ninguna valoración moral, ni positiva ni negativa. Nadie tiene “derecho” innato y natural a la propiedad intelectual (sí que creo que tiene derecho al reconocimiento de ser el autor, pero nada más).

 La propiedad intelectual es simplemente un mecanismo de la sociedad para solucionar un problema. Es como poner una cañería en la casa de uno: por algún sitio tiene que ir el agua.

Y de la misma manera que uno puede diseñar distintas cañerías, existen diversas maneras de suministrar los incentivos adecuados. En particular, tenemos que recordar que el monopolio al que nos referíamos genera una distorsión ex post para generar los incentivos ex ante. Por tanto es sensato pensar en la posibilidad de mecanismos alternativos.

 El primero es el mecenazgo, público o privado. Buena parte de lo mejor de la innovación en la historia de occidente ha venido del mismo, incluido la inmensa mayoría de la ciencia básica y de la tecnología moderna. (...)

El segundo son los premios. A lo largo de la historia los gobiernos han otorgado premios a aquellas personas que generaban una nueva idea (por ejemplo, un reloj particularmente exacto para la navegación). (...)

El cuarto son todos los mecanismos de innovación competitiva que han permitido, por ejemplo, el crecimiento de Walmart. Buena parte de los procesos de negocios no están protegidos y pueden ser copiados libremente y sin embargo las empresas continuamente crean nuevos procesos.

Finalmente, y manteniéndonos dentro del sistema actual, se pueden cortar muchos de los excesos que el mismo tiene. Que un libro siga estando protegido 70 años después de la muerte del autor me parece sencillamente absurdo.(...)

 Dado que existen alternativas, la necesidad de reconfigurar nuestro sistema de propiedad intelectual es más importante que nunca. En un mundo digital los límites a la creatividad y a la experimentación, son tan difusos que, coartarla como intenta hacer buena parte de la industria con cosas como SOPA es una profunda equivocación. Vivimos en un momento en el que deberíamos de pecar de poca protección, no de protección excesiva."                  (Nada es gratis, 24/03/2012)

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